El Ministerio de Justicia modificó mediante el decreto 496/2024 la lista de condiciones y organizaciones por las que una persona es considerada terrorista en el país en medio de la postura internacional que tomó la gestión nacional tras la llegada de Javier Milei a la Casa Rosada.
En la medida publicada en el Boletín Oficial, se dispuso que serán incorporadas al listado aquellas personas, organismos o entidades que el Poder Ejecutivo observe que “atentan contra la seguridad nacional”, en un concepto más amplio.
Anteriormente, la normativa establecía que solo aquellas entidades que el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas considerara como parte de estas actividades delictivas deberían ser inscriptas en el Registro que identifica a las personas “terroristas” según el Estado argentino.
Qué requisitos te hacen terrorista en la Argentina
Se estableció que deberá incluirse dentro de esta base de datos la información correspondiente a:
- Toda persona humana, jurídica o entidad sobre la que haya recaído resolución judicial o del Ministerio Público fiscal que le impute o admita la formalización de una investigación por alguno de los delitos cometidos que violen las normativas vigentes.
- Toda persona humana, jurídica o entidad incluida en las listas elaboradas de conformidad con la Resolución 1267 (1999) y sus sucesivas actualizaciones y concordantes del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas.
- Toda persona humana, jurídica o entidad sobre la cual la Unidad de información Financiera (UIF) haya ordenado el congelamiento administrativo de activos, conforme lo indican la ley.
- Toda persona humana, jurídica o entidad sobre la cual el Ministerio de Seguridad y la Cancillería tuvieran motivos fundados para sospechar que se encuentra vinculada a una amenaza externa real o potencial a la seguridad nacional.
“El análisis de la amenaza a la seguridad nacional deberá considerar, entre otros elementos, la existencia real o potencial de riesgos ciertos para la seguridad interior del Estado argentino y/o para la vida, bienes y patrimonio de sus nacionales y habitantes, por parte de la persona humana, jurídica o entidad que se pretende inscribir”, agregaron en el decreto.
Por otro lado, pusieron a la situación internacional como uno de los motivos por los cuales se tomó esta decisión: “Los sucesos ocurridos recientemente en el Estado de Israel obligan a tomar medidas que contribuyan a la paz y la estabilidad”, en referencia al conflicto entre ese país y Palestina.
Por último, todos aquellos que sean incluidos en la base de datos podrán elevar una solicitud formal, que deberá incluir detalladamente los motivos por los que no deberían ser parte del listado.