El Gobierno prohibió la propaganda política partidaria en edificios públicos de Nación y modificó una ley para impedir el adoctrinamiento en el ámbito educativo

El Gobierno estableció este martes la prohibición de la propaganda política partidaria en edificios públicos pertenecientes a Nación y estableció una serie de límites para denominarlos, además de otras restricciones destinadas a funcionarios en relación a la utilización de recursos estatales.

Lo hizo por intermedio del Decreto 1084/2024 que el Poder Ejecutivo publicó en la última edición del Boletín Oficial, con las firmas de Javier Milei y el Jefe de Gabinete, Guillermo Francos.

En primer lugar, el Presidente prohibió “la exhibición, colocación o difusión de imágenes, símbolos, obras o cualquier otra referencia personal que pueda interpretarse como una forma de propaganda política partidaria o de culto a la personalidad política en edificios u obras públicas, oficinas, monumentos u otros bienes muebles o inmuebles pertenecientes al Estado Nacional”.

El Artículo 2° del mismo documento, en tanto, fijó que no se podrá denominar a los bienes mencionados anteriormente “con nombres de personalidades políticas antes de transcurridos diez años desde su fallecimiento o desaparición física o desde los acontecimientos históricos que se pretenda honrar”.

“Tampoco podrán asignarse denominaciones que correspondan a personas que hayan ejercido funciones como Autoridades Nacionales, Provinciales o Municipales mediante actos de fuerza contra el Orden Constitucional y el Sistema Democrático”, aclaró el texto.

En cuanto a los funcionarios públicos, sin importar su rango y modo de designación o contratación, estarán impedidos de “utilizar recursos o bienes del dominio público o privado del Estado Nacional con la finalidad de promocionar, celebrar, conmemorar u homenajear su propia imagen, ideología, afiliación política, partido político o cualquier atributo personal”.

Además, se informó que cualquier ciudadano podrá denunciar el incumplimiento de las normas antes precisadas, sin costo, a través de la plataforma Trámites a Distancia – TAD.

Por último, se dejó constancia de que “la violación por parte de un funcionario público de las prohibiciones establecidas en el presente decreto constituye una infracción grave en el ejercicio de la función pública, ello sin perjuicio de las responsabilidades administrativas, patrimoniales y penales que pudieran caberle al mismo, conforme lo previsto en las normas vigentes”.

A mediados de noviembre, el Ministerio de Capital Humano encabezó un “proceso de reordenamiento en sus espacios públicos” al retirar afiches, fotos, y bustos de Eva Perón de sedes gubernamentales.

“Los edificios públicos son de todos los argentinos”, sentenció en ese entonces la ministra de esa cartera, Sandra Pettovello, quien compartió un video en sus redes sociales mostrando cómo retiraban una foto de Eva Perón, afiches y otros elementos.

Ese mismo día, también sacaron el busto de Néstor Kirchner que estaba en las oficinas centrales de la ANSeS en Ciudad de Buenos Aires.

Luego, con el fin de quitar las figuras del peronismo y especialmente del kirchnerismo de los edificios públicos, el Gobierno decidió sacar un mural de aquel expresidente que ilustraba a la sede del Correo Argentino, en el barrio porteño de Retiro.

En los considerandos del Decreto, el Gobierno mencionó cuáles fueron los argumentos en los que se apoyó para dictar esta medida.

En primer lugar, explicó que “los recursos y bienes del Estado Nacional son públicos y deben estar al servicio de la comunidad en general y no de intereses particulares o partidarios que suponen una imposición forzada a la memoria colectiva”.

En esa dirección, remarcó que “la denominación y/o identificación de obras de infraestructura pública, monumentos, edificios, oficinas y espacios públicos no debería estar basada en intereses políticos partidarios, para no desvirtuar la finalidad y el significado cultural o histórico de dichos bienes y evitar provocar confusión entre lo público y lo partidario”.

También se mencionó que esas prácticas “provocan la pérdida de la neutralidad que corresponde que posean los bienes públicos, conspirando contra el objetivo de constituir la unión nacional, plasmado en el Preámbulo de la Constitución Nacional, al excluir a aquellos que no comparten una misma mirada política”.

La medida, según quedó establecido en el artículo 6° del Decreto, entrará en vigencia este miércoles, es decir, “el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial”.

Modificaron una ley para evitar el adoctrinamiento político de los niños, niñas y adolescentes

Al mismo tiempo, el Decreto 1086/2024 modificó la Reglamentación de la Ley Nº 26.061 de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, con el objetivo de evitar el “adoctrinamiento político de los niños, niñas y adolescentes, imponiendo una manera de pensar y/o actuar político partidaria, lo que constituye un trato que afecta la dignidad, la integridad moral y la libertad de pensamiento”.

Con ese fin, agregó un párrafo en la normativa que establece que “la imposición de una manera de pensar y/o actuar político partidaria, especialmente en el ámbito educativo, vulnera el derecho a la dignidad y la integridad personal de los niños, niñas y adolescentes, constituyendo un trato que afecta su integridad personal”.

En otros artículos, fijó que esa conducta “vulnera el derecho a la educación”, así como también su “el derecho a la libertad de los niños, niñas y adolescentes”.

El Gobierno consideró que los derechos de los niños “resultan vulnerados especialmente cuando en el ámbito educativo” cuando “se pretende efectuar un adoctrinamiento político”, imponiendo “una manera de pensar y/o actuar político partidaria, lo que constituye un trato que afecta la dignidad, la integridad moral y la libertad de pensamiento”.