Las ART reconocen que el 16% de los trabajadores de la salud fueron contagiados por el Covid

Entre abril de 2020 y mayo de este año, las ART cubrieron los tratamientos y gastos médicos de 382.016 trabajadores contagiados de Covid.

De ese total, los que estuvieron “en la primera línea” con la “presunción” de haber sido alcanzados por el Covid desde la irrupción de la pandemia son 65.411 trabajadores de la salud. Representa el 16% del total de trabajadores de ese sector asegurado por el sistema.

En tanto, del total de trabajadores contagiados, 2.085 fallecieron y de acuerdo a las normas del sistema, de confirmarse la causalidad laboral, a los “derechohabientes” -cónyuge, concubino/a, hijos, hijas o padres o hermanos- les corresponde una indemnización que depende de la edad y del salario que tenía el trabajador al momento de su fallecimiento. El 13% eran trabajadores de la salud.

Al 22 de junio se presentaron ante Comisiones Médicas, con el patrocinio de un abogado, los familiares de 960 fallecidos sobre el total de 2.085. Las Comisiones Médicas deben analizar y confirmar si la muerte se produjo por un contagio ocurrido en el ámbito laboral.

Según la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT), las Comisiones Médicas confirmaron que en el 90% de los casos presentados, el fallecimiento se dio por contagios en trabajo.

“En promedio, las indemnizaciones que fueron abonadas rondan los $ 10 millones por caso”, aseguran en la SRT (unos US$ 60.000). Por ejemplo, a los familiares de un trabajador de 55 años que fallece con un sueldo de $ 60.000 les corresponden $ 6,9 millones y con 40 años, más de $ 9 millones.

De los 382.016 contagiados, 65.411 (17%) son trabajadores de la Salud, seguidos de 52.841 de Fuerzas de Seguridad, Fuerzas Armadas y Bomberos. En la Provincia de Buenos Aires fueron 188.702 casos y en la Ciudad de Buenos Aires, 114.555.

De los 2.085 fallecidos, entre otros, 277 (13%) eran trabajadores de la Salud, 223 de Transporte de Pasajeros, 163 Seguridad Privada, 149 tareas de limpieza y mantenimiento y 145 Fuerzas de Seguridad, Fuerzas Armadas y Bomberos.

Los trabajadores contagiados cobraron sus salarios pagados por sus empleadores hasta el décimo día y a partir del undécimo hasta el alta por parte de las aseguradoras. También las ART se hacen cargo de las secuelas –como incapacidades parciales o totales- que pudiera haber provocado el Covid en esos trabajadores.

La cobertura por parte de la ART no es automática. Los trabajadores contagiados deben hacer la denuncia, mostrar que se contagiaron en el trabajo y “la determinación definitiva del carácter profesional de la mencionada patología quedará, en cada caso, a cargo de la Comisión Médica Central” de la SRT.

Si la Comisión Médica rechaza la demanda sobre el carácter laboral de la enfermedad o el reconocimiento de las eventuales secuelas, el trabajador puede recurrir a la vía judicial.

Cobertura de las ART​

En la cobertura del sistema hay dos etapas.

Al comienzo de la pandemia, de acuerdo al DNU 367/20, el coronavirus se consideraba “presuntivamente una enfermedad de carácter profesional -no listada- respecto de las y los trabajadores dependientes excluidos mediante dispensa legal y con el fin de realizar actividades declaradas esenciales, del cumplimiento del aislamiento social, preventivo y obligatorio….”. O sea, actividades excluidas del ASPO y declaradas formalmente “esenciales”.

Con la flexibilización de la cuarentena (del ASPO al DISPO), se amplió el alcance de la cobertura porque se eliminaron esos dos requisitos.

El 23 de enero, el DNU 39/2021 estableció que el Covid se considerará “presuntivamente” una enfermedad no listada respecto a “la totalidad de las trabajadoras y los trabajadores dependientes incluidas e incluidos en el ámbito de aplicación personal de la Ley N° 24.557 sobre Riesgos del Trabajo y que hayan prestados efectivamente tareas en sus lugares habituales, fuera de su domicilio particular”.

A partir de este cambio, en 4 meses, los casos denunciados por Covid sumaron 154.630 de los 382.016 totales (40,8%) y los fallecidos 1.082 de los 2.085 (51,9%).

La cobertura comprende los gastos médicos de los contagiados, los costos de la hotelería e internación, la indemnización en caso de fallecimiento del trabajador y el pago de los jornales caídos por parte del empleador los primeros 10 días y luego por la ART hasta el momento del alta. Las prestaciones médicas y en dinero son cubiertas en un 100% por el Fondo fiduciario de Enfermedades Profesionales.

Ese Fondo funciona desde 1997 y se constituyó con $ 0.60 por mes por trabajador y por el aumento de los casos y mayor cobertura, en abril de 2021, se elevó a $ 40 por trabajador. Y lo paga el empleador como parte del 2,48% (promedio del sistema) del aporte mensual sobre la masa salarial de 9,7 millones de trabajadores asegurados.

El Fondo financia los compromisos que deben afrontar las ART según los DNU. Los gastos afrontados por las ART son imputados al Fondo en la medida de las disponibilidades financieras existentes.

Al mes de diciembre, el último balance publicado, decía que el Fondo contaba con disponibilidades por $ 5.187 millones.

En la UART (Unión de ART) le dijeron a Clarín que actualmente ese Fondo “está agotado por la duración de la pandemia y la extensión de la cobertura y de los casos. Los $ 40 por trabajador que aportan las empresas “representan un ingreso de $ 320 millones mensuales, que están resultando insuficientes para afrontar los gastos que demanda la cobertura médica y prestaciones dinerarias de la atención COVID”.

De todas maneras, agregaron, “los gastos a afrontar son inciertos porque la duración y el comportamiento de la pandemia así como sus costos asociados, también lo son. Entendemos que el avance masivo de la vacunación debería ir acotando este difícil escenario. El seguimiento de este tema es cotidiano y minucioso por parte del Gobierno y de las compañías”.